Medidas estrictas que impone el Gobierno Nacional para el 3 y 19 de julio días sin IVA
El Presidente Iván Duque afirmó que los próximos días sin IVA 3 y 19 de julio tienen que ser una “gran demostración de cultura ciudadana”, evitando aglomeraciones, con el fin de proteger la salud y la vida de los colombianos ante la pandemia del covid-19.
Los colombianos deben usar el tapabocas, guardar el distanciamiento físico y se laven las manos antes y después de adquirir los productos, medidas que deben ser cumplidas también durante los días sin IVA.
Para fortalecer los controles y hacer un monitoreo constante del desarrollo de la jornada se activará un Puesto de Mando Unificado (PMU) con las autoridades regionales y locales.
El Gobierno Nacional expidió una circular, a través de los ministerios del Interior, y de Industria, Comercio y Turismo, dirigida a gobernadores y alcaldes, con 12 disposiciones encaminadas a evitar aglomeraciones en medio de la pandemia del covid-19.
Así mismo, hace un llamado a gobernadores y alcaldes a adoptar y garantizar el estricto cumplimiento de los protocolos de bioseguridad generales, así como los protocolos específicos para establecimientos de comercio y cualquier complejo comercial, expedidos por el Ministerio de Salud y Protección Social.
Estas son las 12 medidas estrictas de las que trata la «circular» expedida por los ministerios del Interior, y de Industria, Comercio y Turismo y que se aplicarán en los próximos días sin IVA:
- Se suspende la venta presencial de electrodomésticos, computadores y equipos de comunicaciones.
- Los productos adquiridos de manera virtual el retiro sea realizado de forma programada dentro de las dos semanas siguientes.
- Fijar franjas horarias para la comercialización de determinados productos y objetos. Establecer horarios por género o cédula para los compradores y permitir la operación de establecimientos comerciales las 24 horas.
- Garantizar el estricto cumplimiento de los protocolos de bioseguridad generales, tanto en personas como en los establecimientos de comercio y complejo comercial.
- Se podrán emitir restricciones adicionales en los municipios considerados como altamente afectados por el covid-19.
- Los comerciantes que ejerzan la actividad económica deben cumplir con todos los protocolos en materia de bioseguridad, con los procedimientos de inscripción, seguimiento y demás requisitos determinados por las autoridades territoriales.
- Imponer de manera inmediata las sanciones a las que haya lugar por su incumplimiento, como el cierre del establecimiento, sin perjuicio de la función de vigilancia sanitaria que deben realizar las secretarías de salud municipales, distritales y departamentales.
- Establecer campañas masivas y claras que permitan que las personas confluyan a los diferentes centros comerciales, teniendo definidos sus roles, en cumpliendo con las disposiciones impartidas por el Gobierno Nacional.
- Promover la disciplina social, la cultura ciudadana, el uso correcto del tapabocas, el autocuidado y el de su comunidad, el mantenimiento de las distancias seguras entre las personas e insistir en la importancia del autocuidado y disciplina personal de la ciudadanía ante las actuaciones que pongan en peligro la vida y la salud de las personas.
- Promover la aplicación de medidas de prevención y contención del contagio, como lo son el lavado constante de manos, el distanciamiento físico y el uso de los elementos de protección respiratoria.
- Informar y capacitar a los trabajadores y poner a su disposición las guías del Ministerio de Salud y Protección Social, en todo lo relacionado con la prevención del covid-19, con el fin de que sean también multiplicadores de la información a los usuarios y consumidores.
- Si se presenta fiebre, tos o dificultad para respirar, instar a la ciudadanía de quedarse en casa.